
¿Qué es la ética? La palabra ética proviene del griego ethikos (“carácter”). Se trata del estudio de la moral y del accionar humano para promover los comportamientos deseables.
A continuación, hago una simple reflexión, desde mi experiencia, sobre el ejercicio ético y competente del mediador, en cualquiera de las áreas donde lo practique; el mediador debe de cumplir una serie de normas o un modelo de conducta con el que se tiene que identificarse interiorizarlo en su práctica profesional.
La ética profesional debe de estar en la base de la intervención del mediador. Al igual que nos preocupamos por la formación y adquisición de habilidades y en promocionar nuestros servicios, debemos de incluir la ética en nuestra práctica cotidiana, trabajando en la adquisición de una visión personal y una idea clara de cuáles son las pautas o estándares profesionales apropiados que pretendemos seguir.
Creo que hay una serie de normas o pautas de conducta cuyo único propósito es que sirvan de orientación general respecto a las cuestiones éticas que pueden surgir en la práctica diaria relacionadas con el proceso de mediación.
Calidad en el proceso de mediación. El mediador deberá fomentar durante el proceso de mediación el cumplimiento de unas normas de comportamiento esenciales para garantizar un proceso de mediación de calidad como son la puntualidad, la seguridad, la equidad, el respeto mutuo y la honestidad de las partes y del mediador. La tarea del mediador será la de facilitar el intento de resolución del conflicto, ayudando con sus herramientas a que las partes tomen «sus mejores decisiones». Un mediador intentará recuperar el canal de comunicación, promueve la escucha activa, ayuda a las partes a identificar sus posiciones, necesidades e intereses y utiliza las técnicas necesarias que les permitan llegar a su propio acuerdo, llegar a las verdaderas necesidades que son la raíz del conflicto.
Ser autónomo (sentirse autónomo). El mediador llevará a cabo una mediación no directiva, fomentando la determinación y autonomía de las partes en la toma de decisiones y en la elección de forma voluntaria y es fundamental que el mediador se sienta autónomo, que ha sido capaz de conseguir que las partes lleguen a sus propios acuerdos, que su intervención ha pasado casi desapercibida, porque los protagonistas son ellos no los mediadores.
No tener conflicto de intereses. Evitar la aparición de conflicto de intereses antes, durante y después de una mediación. Un conflicto de intereses puede surgir si el mediador ha sido de alguna manera participe de la controversia objeto de la mediación o cuando existe cualquier relación entre el mediador y cualquiera de los participantes en la mediación, ya sea en el pasado o presente, personal o profesional, y que perjudica la imparcialidad necesaria durante el proceso. Si he intervenido con letrado, psicólogo o cualquier otra actividad profesional no puedo ser su mediador.
Dar buena información. Un mediador debe asegurarse que todas las partes estén debidamente informadas sobre el papel que va a desempeñar como mediador y en que consiste el proceso de mediación, así como que los mediados entiendan los términos del acuerdo que van a firmar al finalizar. El mediador debe proporcionar información sobre el proceso, ayudando a las partes a identificar sus preocupaciones reales y todas sus opciones. Quiero indicarles que pueden hacer con el acuerdo.
Voluntariedad. La voluntariedad de las partes el mediador en la participación en la mediación es fundamental. Es esencial que los implicados lleguen a la mediación dispuestos y capaces de participar de forma colaborativa en la negociación y resolución del conflicto, con la ayuda del mediador.
Competencia. Es responsabilidad del mediador estar preparado, es decir, poseer las competencias necesarias para mediar en el asunto particular de que se trate. Esto incluiría la formación, la experiencia en la mediación, habilidades, conocimientos culturales…etc. Sería también aconsejable que el mediador esté dispuesto a retirarse de una mediación si determina que carece de las habilidades necesarias para hacer frente a la situación.
Confidencialidad. Es indispensable mantener la confidencialidad del proceso. Las partes deben tener claro que todo lo que ocurre durante la mediación es confidencial. El mediador tiene que explicarles que cualquier información, declaraciones o documentos aportados durante el proceso, no podrán ser divulgados ni utilizados posteriormente en otro medio de resolución de conflictos. Es fundamental que tengan claro el principio de confidencialidad en el que se basa la mediación ya que propicia que se expresen libremente durante la tarea de alcanzar por sí mismos un acuerdo que resuelva el litigio que los trajo a la negociación, siendo necesario que el mediador genere la confianza necesaria para que expresen sus necesidades e intereses. Nuca se desvelará información confidencial sin el permiso de las partes, ni se utilizará la información obtenida durante la mediación para obtener ventajas personales, o para perjudicar los intereses de los demás. Además, las notas de un mediador, las comunicaciones de las partes y otros documentos que contengan información confidencial o sensible, se almacenarán en un lugar seguro, y cuando se utilizan materiales procedentes de una mediación para fines de investigación, supervisión, o de formación, el mediador debe de eliminar cualquier información identificativa de los mismos.
Si el mediador tiene la intención de celebrar sesiones privadas con las partes, dejará claro antes, la confidencialidad asociada a estas sesiones. El mediador no podrá utilizar la información desvelada en esas sesiones sin el consentimiento de los participantes.
Imparcialidad. Un mediador será imparcial durante todo el proceso de mediación, valorando antes del inicio si se considera capaz de llevar a cabo la mediación con independencia y neutralidad. Debe tener mucho cuidado y evitar la posibilidad de caer en sesgos basados en características personales de las partes, su conducta durante la sesión, o en base al conocimiento de aspectos o comportamientos de los participantes en relación con la disputa que se está mediando. Deberá de prescindir de hacer cualquier tipo de comentario de aprobación o desaprobación, o sobre el comportamiento de los participantes. Es su cometido esforzarse por proporcionarle a cada uno la oportunidad adecuada para expresarse y participar en el proceso en igualdad de condiciones. Un mediador tiene la responsabilidad de abandonar el proceso si es incapaz de ser imparcial debido a cuestiones personales, intereses materiales o morales. Por tanto, mediará solo en aquellos asuntos en los que pueda ser imparcial y ecuánime, evitando cualquier conducta que tenga connotaciones de parcialidad o prejuicio.
Un mediador debe de ABSTENERSE DE PROPORCIONAR ASESORAMIENTO LEGAL. Es importante, por tanto, que entiendan que el papel del mediador es el de intermediario neutral, el de un facilitador de la comunicación que los guía en su cometido de conseguir un acuerdo. En el caso de que el mediador ofrezca una valoración sobre la situación de una de las partes, sobre el resultado probable si recurren a la resolución vía judicial o sobre una recomendación con respecto a la solución, debe de asegurarse que ambos entienden que no está actuando como abogado ni ofreciendo asesoramiento jurídico.
Un mediador podrá FINALIZAR UNA MEDIACIÓN si considera que: cualquiera de las partes está abusando del proceso; si se llega a un acuerdo que al mediador considera ilegal teniendo en cuenta las circunstancias de la controversia; el mediador considera que es poco probable la continuación de la mediación para dar lugar a un acuerdo; si el mediador se hace consciente de la existencia en el momento en que se está desarrollando la mediación, de violencia doméstica o violencia entre las partes.
Divulgación y promoción. Debe de estar entre los objetivos del mediador promover la confianza pública en la mediación como un proceso para resolver disputas, participando en actividades de divulgación y educación para ayudar a los ciudadanos en el desarrollo de una mejor comprensión de la mediación. En esta línea, los mediadores también tratarán de aprender de otros profesionales, de respetar los diferentes puntos de vista y trabajar para mejorar la profesión y servir mejor a las personas en conflicto.
Para finalizar, reseñar que el mediador siempre tendrá que atenerse a la legislación vigente en materia de mediación que rija en la comunidad autónoma o país donde la ejerza. Todo mediador debe de ser consciente y conocer las leyes aplicables o las reglas que pueden aplicarse a las mediaciones que están llevando a cabo, cumpliendo con las directrices u orientaciones normativas de las mismas.
Un buen mediador, cultiva su desempeño profesional poniendo la ética a la vanguardia de lo que hace.
Saludos.
José Antonio Veiga